La entidad que promueva el programa deberá presentar ante la Delegación o Subdelegación del Gobierno informe emitido por el órgano autonómico competente en materia de protección de menores sobre el programa.
En el programa deberá constar el fin de la estancia y su duración.
En el programa deberá quedar constancia que garantiza la protección sanitaria, escolar y jurídica del menor.
En el supuesto de que los menores vayan a permanecer con familias o personas individuales, éstas deberán expresar por escrito su conocimiento de que el desplazamiento no tiene por objeto la adopción y su compromiso de favorecer el regreso a su país de origen o procedencia.
Deberá existir compromiso de que le regreso del menor no implica coste alguno para el erario público.
Que el menor haya sido admitido en un centro de enseñanza reconocido oficialmente en España.