• Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el reagrupado, personalmente o mediante representación.
  • Presentación de la solicitud: se deberá presentar conjuntamente con la renovación del reagrupante y, en su caso, con las del resto de reagrupados.
  • Lugar de presentación: Oficina de Extranjería o en cualquier registro público y dirigida a la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el extranjero tenga fijada la residencia.También puede presentar la solicitud de forma telemática a través de la plataforma MercurioEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva..Se recuerda que para realizar trámites a través de la plataforma Mercurio es indispensable disponer de un certificado electrónico.
  • Tasa de residencia temporal por reagrupación familiar: se devengará en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles, son:
  • Plazo de resolución: el plazo de notificación de la resolución es de tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa, se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo. (Cuando no se haya podido notificar la resolución se anunciará en el Tablón Edictal Único (TEU)Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.. Si se hubiera optado por notificación electrónica o normativamente estuviera obligado a utilizar ese medio, la resolución se notificará mediante publicación en la sede electrónica. Si no se accediera a la resolución en 10 días hábiles desde su publicación, se dará por notificada).
  • La autorización de residencia por reagrupación familiar renovada se extenderá
    hasta la misma fecha que la autorización de que sea titular el reagrupante en el
    .momento de la renovación Esta autorización habilitará para trabajar por cuenta
    ajena y por cuenta propia.
  • En el plazo de un mes desde la notificación de su concesión, deberá solicitar, personalmente, (en el supuesto de menores, el representante, acompañado del menor) la Tarjeta de Identidad de Extranjeros en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización. Dónde dirigirse, horario y si tiene que pedir cita previa.Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.
  • El reagrupado y, en su caso su representante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje para acreditar su identidad y aportará:
  • La vigencia de la autorización del reagrupado se extenderá hasta la misma fecha que la autorización de que sea titular el reagrupante.