Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud, cuando la solicitud sea presencial.

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-12) por duplicado (en el caso de presentación presencial), debidamente cumplimentado y firmado por la empresa que contrata.

Documentación referida al trabajador:

  • Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor.
  • Acreditación de que el trabajador posee la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión, cuando proceda, debidamente homologada.
  • Certificado de antecedentes penales del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
  • Certificado médico.
  • Documentación acreditativa de residir en provincia o demarcación limítrofe con España.

Documentación referida a la empresa, excepto servicio doméstico:

  • Documentación que identifique a la empresa que solicita la autorización:
    • Si se trata de un empresario individual: copia del NIF ó NIE o consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia.
    • Si se trata de una persona jurídica (S.A., S.L., Cooperativa, etc.):
      • Copia del NIF de la empresa y copia de la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro correspondiente.
      • Copia del documento público que acredite que el firmante de la solicitud de autorización ostenta la representación legal de la empresa.
      • Copia del NIF o NIE del firmante de la solicitud o consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia del firmante de la solicitud.
    • Contrato de trabajo firmado por el empleador y el trabajador.
    • Documentación acreditativa de que la situación nacional de empleo permite la contratación del trabajador extranjero.
    • Acreditación de que la empresa garantiza la solvencia necesaria, pudiendo requerirse, entre otros, los siguientes documentos: declaración del IRPF, del IVA, del Impuesto de Sociedades e informe de la vida laboral de la empresa (VILE). Asimismo, debe aportarse una memoria descriptiva de la ocupación a realizar.

Documentación del empleador si la actividad es servicio doméstico:

Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar esta hoja informativa.