• El extranjero podrá solicitar personalmente o a través de representante una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales para él y, en su caso, para sus hijos, ante la Delegación o Subdelegación del Gobierno que determinó la exención de responsabilidad.
  • La solicitud en modelo oficial (EX–10) deberá ir acompañada de copia del pasaporte completo, documento de viaje o cédula de inscripción en vigor y, en su caso, del documento público por el que se otorgue la representación legal a favor de la persona física que formule la solicitud.
  • Tasa de la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales: se devengará en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y se deberá abonar en el plazo de diez días hábiles, es:
    • Modelo 790 Código 052 epígrafe 3. “autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales: a abonar por el extranjero
    El impreso para el abono se podrá descargar desde el portal de Internet de la Secretaría de Estado de la Función PúblicaEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.
  • La Delegación o Subdelegación dará traslado de la/s solicitud/des al/los Órgano/s competente/s adjuntando informe sobre la situación administrativa y personal del extranjero y sobre el sentido de la resolución.
  • El informe favorable de la Delegación o Subdelegación supondrá la concesión de la autorización provisional de residencia y trabajo, que será notificada al interesado e implicará la posibilidad de trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier ocupación, sector de actividad y ámbito territorial.
  • En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión, el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización. Horario y cita previaEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva..
  • El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje o cédula de inscripción para acreditar su identidad y aportará:
  • La tarjeta de identidad de extranjero será renovable con carácter anual y hasta que se dicte resolución sobre la autorización definitiva.
  • La resolución favorable, en su caso, de la autorización definitiva de residencia y trabajo tendrá una vigencia de cinco años, implicará la posibilidad de trabajar por cuenta ajena y propia en cualquier ocupación, sector de actividad y ámbito territorial y exige la necesidad de tramitar, en un mes desde la concesión, una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero.
  • La resolución denegatoria, en su caso, de la autorización definitiva, supondrá la pérdida de vigencia de la autorización provisional.