Autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales

  • Una vez superada la formación, y durante la vigencia de la autorización de residencia, el interesado presentará personalmente o mediante representación si es menor de edad, la solicitud de autorización de residencia y trabajo ante la Oficina de Extranjería de su lugar de residencia, junto con:La Oficina de Extranjería concederá en estos casos una autorización de 2 años que habilitará a trabajar.
    • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Dicho impreso puede obtenerse haciendo clic aquí.
    • Un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario que garantice al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), o el establecido por el Convenio Colectivo de aplicación, en el momento de la solicitud.
    • Prueba de haber superado la formación prevista en la autorización de residencia.
    • Abono por el extranjero de la tasa: modelo 790 código 052, epígrafe 3 “autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales”
    • En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la autorización de residencia y trabajo, el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización. dirección, teléfonos y horarios de atención al públicoEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.
    • El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje o cédula de inscripción para acreditar su identidad y aportará:
      • Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX–17)
      • Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
      • Una fotografía reciente en color, en fondo blanco, tamaño carné.