Autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales
Autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales
Autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionalesadmin2023-08-14T22:37:35+00:00
Una vez superada la formación, y durante la vigencia de la autorización de residencia, el interesado presentará personalmente o mediante representación si es menor de edad, la solicitud de autorización de residencia y trabajo ante la Oficina de Extranjería de su lugar de residencia, junto con:La Oficina de Extranjería concederá en estos casos una autorización de 2 años que habilitará a trabajar.
Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Dicho impreso puede obtenerse haciendo clic aquí.
Un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario que garantice al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), o el establecido por el Convenio Colectivo de aplicación, en el momento de la solicitud.
Prueba de haber superado la formación prevista en la autorización de residencia.
Abono por el extranjero de la tasa: modelo 790 código 052, epígrafe 3 “autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales”
El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje o cédula de inscripción para acreditar su identidad y aportará: